El Ministerio de Defensa de Ucrania modificó el procedimiento para determinar la aptitud para el servicio militar. La nueva orden contiene criterios específicos que tienen en cuenta el estado de salud y la posibilidad de realizar el servicio militar en función de las características de la enfermedad.
Cómo sucederá esto se puede ver en el ejemplo de la tuberculosis. Por lo tanto, aquellos que se encuentran en la etapa activa de la enfermedad con liberación de bacterias y descomposición del tejido pulmonar quedan completamente eliminados del registro militar.
Si las bacterias no se liberan y el tejido no se desintegra, deberá volver a acudir a la consulta médica después de seis meses.
Las personas que tienen tuberculosis clínicamente curada pueden prestar servicios en TCC y unidades de apoyo. Si el recluta tiene "síntomas residuales" después de curarse de la tuberculosis, entonces está completamente sano.
La situación con respecto al VIH es más interesante. Sólo se consideran no aptos aquellos en quienes progresa. El resto de los portadores del virus pueden servir en las unidades de retaguardia y en el centro de operaciones o, en el caso de portadores asintomáticos, en el frente.
Los pacientes con cáncer serán eliminados del registro sólo si son inoperables y tienen metástasis. Lo mismo ocurre si el tumor progresa rápidamente.
Aquellos que hayan sido operados de un tumor primario o cuyo tumor esté "progresando lentamente" pueden ser enviados a servir en la retaguardia. Lo mismo ocurre si tienen cáncer de piel o de labio inferior.
Y aquellos cuyo cáncer se encuentra en la etapa de remisión estable son reconocidos como completamente aptos.
Las personas con trastornos mentales leves pueden ser llamados a servir en la retaguardia (si al mismo tiempo "tienen posibilidades de recuperación", se los considera completamente aptos), con síndromes de adicción, trastornos del comportamiento con raros ataques de afecto. Las personas con retraso mental leve también pueden ser enviadas al TCC y a la retaguardia.
Otro punto interesante es que las mujeres embarazadas y que han dado a luz se consideran aptas para el servicio si el embarazo y el puerperio transcurrieron sin complicaciones. Las complicaciones dan derecho a licencia o despido.