En medio de la guerra, muchas familias buscan información sobre el procedimiento para recibir apoyo financiero para un militar desaparecido o capturado. El procedimiento implica reglas claras, documentos que deben completarse e identificación de las personas a quienes se les entregarán los fondos.
El Centro Territorial Regional de Reclutamiento y Apoyo Social (TCS) de Járkov explicó quién tiene derecho a recibir los pagos.
¿Quién puede solicitar el pago?
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Una persona a cuyo favor un militar ha hecho una orden personal.
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Personas de primera línea (a falta de orden): cónyuge, hijos menores, hijos con discapacidad desde la infancia, padres.
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Parientes de segundo grado: hijos adultos, hermanos.
Cómo hacer un pedido personal
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Escriba una declaración en cualquier forma escrita.
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Hacer que la firma sea certificada por el comandante de la unidad o un notario.
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Transferir al expediente personal de la unidad militar para su custodia.
¿Quién no puede aplicar?
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Personas condenadas por traición, colaboración o ayuda a un estado agresor.
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Ciudadanos de la Federación de Rusia, Bielorrusia y aquellos que residen permanentemente en el territorio de estos países.
Documentos y procedimiento de presentación
Se presentan al CCC los siguientes documentos:
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Solicitud con datos bancarios y cuenta IBAN;
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copias del pasaporte y código de identificación;
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copias de documentos que confirmen los vínculos familiares;
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documentos sobre tutela, adopción o incapacidad (si es necesario).
El CCC genera un expediente electrónico y lo envía a la unidad militar, que evalúa la solicitud en un plazo de 15 días. En caso de decisión favorable, los fondos se abonan mensualmente en la cuenta indicada.
Monto de los pagos
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Por orden personal - por el importe de la acción especificada.
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Personas de primera línea: 50% del importe total en partes iguales; el 50% restante se deposita en el militar.
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Personas físicas de segundo nivel: 20% del importe total; el 80% restante se deposita.
No se realizan pagos en caso de entrega voluntaria, abandono no autorizado de la unidad o deserción.
Período de pago
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Inicio: día de la captura o desaparición.
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Fin: día de la liberación o fecha del certificado de defunción.
En caso de liberación, los fondos depositados se devuelven al militar; en caso de fallecimiento, se incluyen en la herencia.
La CCC enfatiza que contactar abogados o apoderados no afecta el momento de la consideración ni el monto de los pagos.

