En un momento en que la movilización se ha convertido en uno de los temas más debatidos en la sociedad, la salud y la aptitud física son una preocupación para casi todas las familias. El Ministerio de Defensa ha definido claramente quién puede servir y quién no, y la Orden n.º 402 describe detalladamente qué diagnósticos oftalmológicos son motivo indiscutible de incapacidad.
Cuando los problemas de visión imposibilitan el servicio
El documento enumera todas las discapacidades visuales graves que impiden a una persona ver o controlar el movimiento ocular con normalidad. Estas incluyen:
– cambios anatómicos profundos de los párpados, la órbita o la conjuntiva que afectan la función visual;
– lesiones progresivas de la córnea, la esclerótica, el iris, el cristalino y la coroides;
– opacidades y cicatrices graves que reducen consistentemente la agudeza visual.
Ciertos diagnósticos descartan de inmediato la cuestión de la idoneidad. Cualquier desgarro o desprendimiento de retina, independientemente de la causa, implica automáticamente la incapacidad. Lo mismo ocurre con el glaucoma en cualquier etapa.
Quienes presenten trastornos vítreos graves, daño en el globo ocular, neuritis óptica o parálisis de los músculos oculares que provoquen visión doble permanente tampoco son elegibles para el servicio.
Cuando las condiciones comórbidas se vuelven cruciales
La orden también tiene en cuenta otras patologías. Personas con:
– fusión de párpados;
– cicatrices graves tras blefaritis ulcerosa;
– tracoma crónico;
– trastornos graves del tracto lagrimal que no responden al tratamiento.
La lista también incluye la ptosis, o párpado caído. Si el párpado cubre más de la mitad de la pupila en un ojo o más de un tercio en ambos, y esto no se puede compensar, la persona no puede considerarse apta.
Agudeza visual: cuando los números lo deciden todo
La ley también define valores de dioptrías específicos en los que el servicio es imposible:
– miopía o hipermetropía de 12 dioptrías o más;
– astigmatismo de más de 6 dioptrías.
La baja agudeza visual también se convierte en un problema:
– 0,2 y menos en ambos ojos;
– por debajo de 0,1 en uno;
– o ceguera completa.
Si un ojo no puede ver o está completamente ciego, el otro ojo debe tener una agudeza no mayor a 0,3; de lo contrario, el recluta será considerado no apto.
Otros diagnósticos que bloquean el camino al servicio
También se consideran críticos los siguientes:
– degeneraciones retinianas hereditarias;
– queratocono de grado III-IV en ambos ojos;
– complicaciones graves después de una queratoplastia o queratoprótesis;
– pérdida significativa de la visión periférica, en particular hemianopsia;
– atrofia del nervio óptico, confirmada por estudios.
La Orden n.º 402 sigue siendo el documento básico que determina la aptitud para el servicio con base en indicadores oftalmológicos. Define claramente cuándo una persona puede ser movilizada y cuándo no, eliminando así la posibilidad de manipulación y decisiones subjetivas.

