La Comisión de Calificación y Disciplina de Fiscales ha decidido archivar el procedimiento disciplinario contra la fiscal del Departamento de Supervisión de la Aplicación de la Ley de la Policía Nacional de Ucrania de la Fiscalía Regional de Járkov, Asriyan Larysa Aramivna. La decisión se tomó el 17 de febrero y se formalizó mediante la resolución correspondiente.
El procedimiento se inició el 30 de julio tras una denuncia del jefe de la fiscalía, A. A. Omarov. La inspección se basó en la creación del segundo grupo de discapacidad de la fiscalía mediante decisión del Comité de Seguridad y Control de la Calidad de la Región de Járkov, de 27 de mayo de 2024, vigente hasta el 1 de mayo de 2026.
Durante la inspección, la Comisión estableció que el segundo grupo de discapacidad se determinó por primera vez en 2008, mucho antes de que Asriyan comenzara a trabajar en la fiscalía. En ese momento, trabajaba como abogada en el sector privado en la región de Donetsk. Posteriormente, el grupo de discapacidad fue confirmado repetidamente mediante decisiones del Ministerio de Educación y Ciencia en 2009, 2012, 2014, 2020 y 2024.
La Comisión también observó que la fiscal no solicitó ninguna medida especial en el lugar de trabajo ni modificaciones en las condiciones laborales debido a su estado de salud. Recibía una pensión de invalidez desde 2008 con carácter general. En julio de 2024, los pagos se transfirieron al régimen general de la Ley de la Fiscalía; sin embargo, tras una nueva revisión del grupo de invalidez en mayo de 2025, se modificó al tercer grupo. En consecuencia, la pensión se reintegró al régimen general.
La decisión de cambiar el grupo de discapacidad fue apelada ante los tribunales. El 10 de febrero de 2026, el Tribunal Administrativo del Distrito de Járkov estimó la demanda y declaró la decisión ilegal y sujeta a anulación.
Además, la investigación interna realizada en agosto de 2025, así como la conclusión del miembro del KDKP Vitaliy Mavrodi del 2 de febrero de 2026, no establecieron la naturaleza de una falta disciplinaria en las acciones del fiscal.
De conformidad con el artículo 48, parte 5, de la Ley de la Fiscalía de Ucrania, se archivó el procedimiento disciplinario. La decisión fue firmada por el presidente de la Comisión, Maksym Radzivon, y miembros de la Comisión para la Prevención de la Corrupción en Ucrania.
El fiscal tiene derecho a apelar esta decisión de acuerdo con el procedimiento establecido por la ley dentro del mes siguiente a la fecha de recepción de una copia del documento.

