Hoy, 23 de enero de 2024, entró en vigor la Ley Nº 3448-IX “Sobre modificaciones a determinados actos legislativos destinados a simplificar el procedimiento de importación, contabilidad y distribución de la ayuda humanitaria”.
Según anuncios gubernamentales previos, la nueva ley contiene disposiciones clave que regulan la importación y la contabilidad de la ayuda humanitaria. Una de las principales iniciativas de la legislación es simplificar los procedimientos relacionados con la importación, la contabilidad y la distribución de la ayuda humanitaria.
La ley también establece el uso obligatorio de un sistema electrónico para el registro de la ayuda humanitaria. Según el Ministerio de Política Social, la nueva plataforma, conocida como Sistema Automatizado de Registro de Ayuda Humanitaria, se lanzó el 1 de diciembre. Durante este periodo, se registraron 3.053 beneficiarios mediante el sistema, y el número total de personas jurídicas con derecho a importar legalmente ayuda humanitaria a Ucrania superó las 4.500.
Además, se ha ampliado el número de beneficiarios de la ayuda humanitaria. Anteriormente, esto solo se aplicaba a fundaciones benéficas y organizaciones públicas registradas en Ucrania con áreas específicas de actividad legal. Ahora, se han añadido a esta lista las organizaciones benéficas extranjeras y sus oficinas de representación acreditadas en Ucrania. Las instituciones estatales y municipales sin fines de lucro, los gobiernos locales y los proveedores de servicios sociales también pueden ser beneficiarios.
Entre otras disposiciones que entraron en vigor en la fecha de su aprobación, la Ley n.º 3448-IX regula la importante cuestión del reconocimiento de bienes como ayuda humanitaria. En particular, los bienes adquiridos por organizaciones benéficas en el extranjero y declarados como ayuda humanitaria al ser importados a Ucrania deben distribuirse gratuitamente a los destinatarios dentro de los 90 días siguientes a la fecha de cruce de la frontera aduanera para que se reconozcan como ayuda humanitaria.
Entre las disposiciones importantes de la ley se encuentra la posibilidad de transferir vehículos al personal militar como individuos (destinatarios) como ayuda humanitaria.
Según la nueva legislación, durante el período de la ley marcial o el estado de emergencia, así como dentro de los tres meses posteriores a su terminación o cancelación, el Gabinete de Ministros de Ucrania tiene el derecho de establecer un procedimiento simplificado para reconocer la ayuda como humanitaria, considerar y tomar decisiones sobre la ampliación de la lista de destinatarios de la ayuda humanitaria.
Se observa que los receptores de ayuda humanitaria tienen derecho a distribuirla o redistribuirla entre ellos, de conformidad con el propósito previsto, sin necesidad de obtener el consentimiento adicional del donante. Es importante destacar que cambiar el receptor de la ayuda humanitaria solo es posible con el consentimiento escrito del donante, salvo en los casos en que dicho consentimiento se haya otorgado en la fase de la propuesta de prestación de ayuda humanitaria o esté previsto en la transacción para dicha prestación.

