El Departamento Principal del Fondo de Pensiones de Ucrania en la región de Volyn recordó el procedimiento para el recálculo de las pensiones de los pensionistas que continúan trabajando. Las normas se encuentran establecidas en el artículo 42 de la Ley "Sobre el Seguro Estatal Obligatorio de Pensiones" y en la Resolución n.º 10-1 del Consejo del Fondo de Pensiones de Ucrania.
El Fondo aclaró que el recálculo de la pensión se realiza para aquellas personas que, tras la asignación de la misma, continuaron trabajando y acumularon al menos 24 meses de cotización. En este caso, el importe de la pensión se actualiza a partir del salario sobre el que se calculó, o —a petición del interesado— a partir de los nuevos ingresos percibidos con posterioridad a la asignación o al recálculo previo de la pensión.
Si un pensionista que trabaja no tiene 24 meses de experiencia de seguro después del recálculo anterior, no podrá renovar su pensión antes de que transcurran dos años desde el nombramiento o recálculo anterior.
La PFU recordó que el mes de recálculo depende de la fecha de la solicitud. Si la solicitud con toda la documentación se presenta antes del día 15 inclusive, el recálculo se realiza a partir del primer día de ese mes. Si se presenta después del día 15, a partir del primer día del mes siguiente.
Asimismo, los empleados del Fondo de Pensiones transfieren automáticamente las pensiones a partir del 1 de abril de cada año a aquellos que, después de su nombramiento o del último recálculo, hayan trabajado 24 meses de experiencia asegurada o, si han transcurrido dos años, incluso con menos meses de experiencia.
Al mismo tiempo, se indica por separado que el recálculo debido al aumento del mínimo de subsistencia para los pensionistas que trabajan se realiza únicamente después de su despido.
El Fondo de Pensiones también hizo hincapié en la obligación de los pensionistas de informar sobre su contratación o despido, ya que algunas prestaciones y pagos adicionales se destinan exclusivamente a los pensionistas que no trabajan. Por ejemplo, los pagos adicionales a quienes mantienen a hijos menores de 18 años.
El departamento hizo hincapié en que la ley no prevé ninguna deducción de la pensión por el hecho de que el pensionista esté trabajando.

