En Ucrania, el cuidado por los padres no es solo una norma moral, sino también una obligación legal. La Constitución y el Código de Familia de Ucrania obligan directamente a los niños adultos a cuidar a los padres discapacitados y, si es necesario, proporcionarles asistencia financiera. Sin embargo, la obligación de retención tiene condiciones claras y excepciones de que el tribunal tiene en cuenta.
Según el artículo 202 del Código de Familia de Ucrania (UWC), las hijas adultas o el hijo tienen la obligación de mantener a sus padres si lo son:
-
incapacitado (la edad de jubilación alcanzada o tiene discapacidades i -iii);
-
Necesita asistencia financiera (es decir, no tiene suficientes ingresos, pensiones u otra fuente para el mínimo de subsistencia).
El hecho mismo de la discapacidad aún no obliga a los niños a pagar la pensión alimenticia: es importante demostrar que los padres realmente no pueden proporcionarse. Se estima la existencia de una pensión, beneficios, subsidios o propiedad que puede generar ingresos.
El tribunal puede recuperar no solo la pensión alimenticia mensual de los niños, sino también el costo del tratamiento o la atención si los padres están gravemente enfermos o son personas con discapacidad. La pensión alimenticia se puede asignar tanto en una cantidad fija como en porcentaje de ingresos. En casos excepcionales, solo se pueden otorgar por un período limitado, no más de tres años.
El tribunal también tiene en cuenta la posibilidad de recibir de otros niños, cónyuges o padres si el reclamo se presenta solo con uno de los niños.
Hay excepciones cuando el niño puede ser liberado por el tribunal de la obligación de mantener a sus padres. Entre los terrenos:
-
Los padres evadieron sus responsabilidades sobre el niño (no educaron, no proporcionaban);
-
No se pagó la pensión alimenticia, lo que resultó en una deuda durante más de tres años, que no se reembolsó en el momento del caso;
-
fueron privados de los derechos de los padres y estos derechos no fueron renovados.
Una hija o hijo debe probar en la corte el hecho de dicha evasión o deuda, por ejemplo, a través de documentos ejecutivos o certificados del Servicio Ejecutivo del Estado.