En la región de LVIV, un hombre fue sentenciado a tres años de prisión por rechazar la movilización

En la ciudad de Sambir en la región de Lviv, el tribunal emitió una sentencia a un residente local que se negó a recibir una citación y movilizar una citación de "combate". El hombre explicó su negativa a los problemas con la visión y la fractura del muslo, pero fue encontrado adecuado para el servicio.

Según la decisión del Tribunal de la Ciudad de Sambir, recibió tres años de prisión por evasión de la movilización, aunque aún podría apelar.

Como se indicó en el archivo del caso, el hombre apareció por primera vez en el código tributario en abril de 2024, donde fue enviado para un examen médico adicional al optometrista y traumatólogo. Sin embargo, nunca tuvo una encuesta. En junio, se volvió a ingresar a la Oficina de Alistamiento Militar, donde nuevamente fue realizado por la Comisión Médica Militar y reconocido como adecuado para el servicio. Le entregaron una citación con el tiempo y el lugar de llegada a la unidad militar, pero se negó.

A pesar de que el hombre firmó una conclusión sobre su idoneidad para el servicio, se negó a recibir la citación, explicándola con problemas de salud. Los empleados del código tributario llamaron a los agentes de la ley que registraron su rechazo.

En septiembre de 2024, se sometió a una reinspección en la Comisión Médica Militar Regional, donde proporcionó extractos y rayos X, lo que confirmó su fractura preliminar del muslo. Sin embargo, nuevamente fue reconocido como adecuado para el servicio. El hombre no desafió las conclusiones del VLK y recibió una advertencia sobre la responsabilidad de evadir la movilización.

El tribunal reconoció que su culpa estaba completamente probada por los materiales de investigación pretrial. Teniendo en cuenta que no tenía antecedentes penales y cometió un delito miserable, el tribunal no estableció circunstancias que pudieran mitigarlo o cargarlo. Finalmente fue sentenciado a tres años de prisión.

La decisión del tribunal no ha entrado en vigor: la persona condenada tiene derecho a apelar.

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