En diciembre de 2025, la ley marcial, vigente hasta el 3 de febrero de 2026, continúa vigente en Ucrania, y con ella, la movilización. Uno de los temas más sensibles en este ámbito sigue siendo el aplazamiento del servicio militar obligatorio por motivos familiares. La ley contiene varias normas que otorgan a los ciudadanos el derecho a no servir, pero su aplicación depende de condiciones, documentos y decisiones específicas de los organismos autorizados.
El mecanismo se basa en el artículo 23 de la Ley de Ucrania sobre Entrenamiento y Movilización. Define el grupo de personas que pueden ser eximidas temporalmente del servicio militar debido a situaciones familiares especiales. Estas incluyen a las familias numerosas con tres o más hijos menores; familias con un hijo con discapacidad o enfermedad grave; familias monoparentales, incluyendo los casos en que la madre presta servicio en las Fuerzas Armadas; y quienes crían hijos de acogida. También se incluyen entre los motivos el cuidado de familiares cercanos gravemente enfermos o personas con discapacidad de los grupos I o II, así como la presencia de familiares fallecidos o desaparecidos debido a hostilidades.
Al mismo tiempo, la ley define claramente los matices. El cuidado de una persona mayor o enferma solo puede ser motivo de aplazamiento cuando ningún familiar pueda brindarle dicha atención. En el caso de una esposa con una discapacidad del grupo III, el aplazamiento solo es posible si existen indicaciones médicas especiales, que se detallan directamente en la ley. El período de validez del aplazamiento y la documentación necesaria dependen de la situación específica; no existe una fecha límite universal.
Desde noviembre de 2025, el proceso de registro se ha simplificado considerablemente. Quienes estén sujetos al servicio militar ya no necesitan acudir al CCC: basta con contactar con la ASN más cercana o presentar una solicitud a través de la aplicación "Reserva+". Si el motivo coincide con la lista de categorías automáticas, el sistema extiende la prórroga de forma independiente, sin necesidad de visitas adicionales a las instituciones estatales. Sin embargo, incluso el estatus automático requiere un registro inicial; el derecho a la prórroga debe ejercerse; de lo contrario, no se reflejará en la base de datos.
Es importante recordar que un cambio en las circunstancias familiares puede resultar en la pérdida del aplazamiento. Esto aplica, por ejemplo, a situaciones en las que el padre de tres hijos menores tiene atrasos significativos en el pago de la pensión alimenticia, cuando la persona a su cuidado se ha recuperado o ha fallecido, o cuando los hijos criados por un padre soltero han alcanzado la mayoría de edad. En tales casos, las causas del aplazamiento dejan de aplicarse y la persona puede ser movilizada.
El sistema continúa adaptándose a las condiciones de guerra y las normas de movilización se revisan periódicamente. Al mismo tiempo, el Estado mantiene un equilibrio entre las necesidades del ejército y las circunstancias objetivas que impiden a los ciudadanos servir por motivos familiares.

